La Reforma laboral cambió la forma en que empresas y trabajadores entienden sus derechos, deberes y responsabilidades en Colombia. Para quienes están pensando qué estudiar, este tema muestra por qué el Derecho sigue siendo una carrera clave en 2026.
Las nuevas disposiciones en legislación laboral y seguridad social exigen que las empresas revisen sus modelos de contratación, jornada laboral, nómina, reglamentos internos, procedimientos disciplinarios, prácticas de inclusión y gestión documental. En este contexto, normas como la Ley 2466 de 2025, la Ley 2452 de 2025 y sus reglamentaciones complementarias plantean nuevos retos para empleadores, trabajadores y profesionales del Derecho.
La Reforma laboral no solo implica mayores costos o ajustes operativos para los empleadores. También exige una nueva cultura de cumplimiento, basada en la prevención de conflictos, el diálogo laboral y la protección efectiva de los derechos de los trabajadores.
Uno de los principales cambios está relacionado con la contratación y la estabilidad laboral. La contratación a término indefinido se consolida como regla general, mientras que los contratos a término fijo deben constar por escrito y no pueden superar los cuatro años, incluidas sus prórrogas. Esto obliga a las empresas a revisar sus modalidades contractuales y evitar que necesidades permanentes sean atendidas mediante figuras temporales o tercerizaciones que no correspondan a la realidad del servicio.
En materia de jornada, recargos y control del tiempo de trabajo, 2026 trae obligaciones importantes. La jornada máxima semanal se reduce a 42 horas desde el 15 de julio, sin afectar salario ni prestaciones. Además, el trabajo en días de descanso obligatorio debe remunerarse con un recargo del 90 % desde el 1.º de julio de 2026, y del 100 % desde 2027. Aunque ya no se requiere autorización previa para horas extras, los empleadores deben llevar registros individuales y pagar correctamente el trabajo suplementario.
La Reforma laboral también fortalece el debido proceso disciplinario. Antes de imponer una sanción, el empleador debe comunicar los hechos, permitir la defensa, valorar las pruebas y adoptar una decisión motivada. Por eso, los reglamentos internos deben estar actualizados y disponibles tanto en espacios físicos como en medios virtuales de consulta permanente.
Otro punto relevante es la inclusión laboral. Desde el segundo año de vigencia de la reforma, las empresas deben vincular un número mínimo de trabajadores con discapacidad y reportar estos contratos al Ministerio del Trabajo. Además, deben revisar políticas sobre permisos remunerados, ajustes razonables, protección a personas cuidadoras, prevención de la discriminación y atención de situaciones de violencia intrafamiliar o basada en género.
En el caso de aprendices, practicantes y universidades, el contrato de aprendizaje pasó a ser un contrato laboral especial. Esto implica nuevas obligaciones en afiliación a seguridad social, prestaciones, auxilios, designación de tutores, planes de práctica, certificación de experiencia y protocolos contra el acoso sexual y la discriminación.
La prevención del acoso y la gestión de la convivencia laboral también cobran mayor importancia. Los comités de convivencia deben funcionar con procedimientos claros, confidenciales y seguimiento periódico. Sin embargo, los casos de acoso sexual requieren un procedimiento independiente de recepción, protección, atención e investigación.
Además, el cumplimiento laboral ahora tiene un fuerte componente probatorio. Con la Ley 2452 de 2025, los empleadores deben conservar y aportar documentos como contratos, comprobantes de nómina, registros de jornada, comunicaciones, procesos disciplinarios, soportes de seguridad y salud en el trabajo y constancias de pago. La falta de estos documentos puede tener consecuencias dentro de un proceso judicial.
En este panorama, la Reforma laboral exige pasar de un cumplimiento formal a una cultura preventiva. Las organizaciones deben anticiparse a los conflictos mediante políticas claras, formación de líderes, canales de diálogo y una gestión documental completa y segura.
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Por: GERARDO BOTERO ZULUAGA -Director del Departamento de Estudios Políticos y Jurídico de la Universidad de LaSalle; Ex Magistrado Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral